SEGUIMOS DESENTERRANDO LA VERDAD EN LOS LLANOS ORIENTALES

Oct 16 de 2020

Bogotá, octubre 07 de 2020 (@colectivo_ofb - @CCajar - @Justiciaypazcol)-. Existen 11 patrones de macrocriminalidad que nos permiten sostener la tesis de que, durante más de 10 años en los Llanos Orientales el Ejército Nacional desarrolló prácticas sistemáticas de ejecuciones de civiles para presentar resultados operacionales que logró un fuerte arraigo en la misma dinámica institucional. Así se concluye del informe “Seguimos Desenterrando La Verdad en los Llanos Orientales”, el cual fue presentado hoy ante Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP, por parte de los Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), y la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz.

Son patrones que permiten entender lo ocurrido en el contexto específico de la época en los Llanos Orientales: i) militarización del territorio; ii) estigmatización de la población civil; iii) accionar conjunto entre unidades tácticas y grupos paramilitares; iv) instigación a la comisión o a tolerancia de la práctica por medio de la presión por resultados; v) estímulos económicos o de otra naturaleza por la presentación de resultados; vi) falta de control sobre los subordinados; vii) falta de medidas oportunas frente al conocimiento de la práctica de ejecuciones extrajudiciales; viii) participación de unidades militares con características especiales; ix) masividad de los eventos; x) traslado de la práctica entre unidades militares con independencia de su jerarquía; y xi) número elevado de eventos en los que las personas fueron inhumadas como no identificadas.

 

 

La caracterización de estos patrones fue posible tras la documentación y análisis de 107 casos con 152 víctimas atribuidos a la Cuarta División, la Fuerza de Tarea Conjunta Omega y la Brigada Móvil No. 4, en diferentes periodos de comandancia.

“De estos 107 casos, sólo en 8 hubo condenas por parte de la jurisdicción ordinaria por los delitos de homicidio en persona protegida, falsedad ideológica y encubrimiento por favorecimiento. Además, destacamos que en la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 10 

casos culminaron a favor de las víctimas declarando la responsabilidad del Estado”, indicó César Santoyo, Director Ejecutivo de la Corporación Orlando Fals Borda.

Este análisis, realizado durante 18 meses, también abordó los patrones de macrocriminalidad comunes en los casos de ejecuciones extrajudiciales en las fases de preparación, ejecución y ocultamiento de los hechos.

Desde un punto de vista preparatorio de los hechos victimizantes, se evidencia el uso de guías o informantes para la fase previa a la ejecución, la sustracción de las víctimas de sus residencias, caminos veredales, lugares de trabajo, etc, y la condición de vulnerabilidad que tenían las víctimas.

Desde el aspecto de la ejecución, fueron elementos concurrentes en ambos periodos la planificación y preparación para simular la ocurrencia de un combate, la implantación de armamento o material de guerra en las víctimas y como se indicó anteriormente, la presentación de las víctimas como resultados operacionales.

 

 

En cuanto al ocultamiento, se evidencian inconsistencias en los distintos casos en cuanto a la recolección o práctica de pruebas para la verificación del combate o de la supuesta condición de combatiente de las víctimas, que podría obedecer a una lógica de funcionamiento del aparato criminal. En distintos casos se observó cómo a pesar de existir inconsistencias en declaraciones o en elementos de la ejecución del crimen, las investigaciones adelantadas por la Justicia Penal Militar carecieron de independencia e imparcialidad, constatándose su archivo, sin perjuicio de que con posterioridad en la jurisdicción ordinaria o en Justicia y Paz se evidenciara la comisión del crimen.

“Es fundamental destacar que el modus operandi característico de las ejecuciones extrajudiciales en la región fue la desaparición forzada de las víctimas, en su mayoría, presentadas e inhumadas como personas no identificadas en cementerios locales. Por tanto, el carácter masivo que adquirió esta práctica no podía ser desconocido por los comandantes de las unidades militares y debe ser valorado como un grave indicio de ocultamiento, aún más cuando se reportan casos en los que las víctimas se encontraban con sus documentos de identidad”, precisó Sebastián Escobar del CAJAR.

Según el documento, en ningún caso existe condena en un proceso penal en contra de alguno de los máximos responsables relacionados en el informe, por el contrario, en escasos fallos se declara la responsabilidad en contra de sus subordinados, evidenciándose que en la mayoría de los casos se trató de condenas a soldados profesionales, lo que impide la satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación integral y la no repetición.

“En el año 2006, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronunció respecto al incremento de ejecuciones extrajudiciales en Colombia al señalar que durante el periodo 2002-2006 se constató un aumento del 92 % en el número de casos. A pesar que en 

2009 el Relator de Naciones Unidas sobre Ejecuciones Extrajudiciales manifestó que en Colombia esta práctica se desarrolló en diferentes departamentos del territorio nacional y por varias unidades militares. Sin ser válido sostener que su naturaleza fuera aislada, debido a que se evidenció un gran número de asesinatos que por sus lógicas reflejaban una sistematicidad. La justicia ordinaria nunca investigó tal sistematicidad ocurrida en departamentos como el del Meta. Hoy los máximos responsables de esta marcrocriminidad regional siguen en la impunidad. Esperamos que la JEP logré afrontar está impunidad" afirmó la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz.

Aunque se suele indicar que las ejecuciones extrajudiciales en su modalidad de falsos positivos ocurrieron principalmente bajo el mando de Mario Montoya Uribe (2006-2008), como comandante del Ejército, lo que se ha podido evidenciar en los casos abordados en el presente informe es que esta práctica se venía presentando en periodos anteriores al de su comandancia y no se limita a una sola unidad, lo que hace bastante improbable que hayan sido sucesos que se dieran de manera aislada o que se tratase de “manzanas podridas”.

Por ello, las organizaciones defensoras de los derechos humanos solicitaron a la sala de la JEP que avoque conocimiento de la situación territorial de los Llanos Orientales frente a las conductas presuntamente cometidas en el marco del conflicto armado y exhorte nuevamente a la Fiscalía General de la Nación para que, continúe con las investigaciones por los casos aquí expuestos, en cumplimiento de la obligación internacional adquirida por el Estado Colombiano de investigar las graves violaciones a los derechos humanos.

Para mayor información comuníquese con: César Santoyo, director ejecutivo de la Corporación Orlando Fals Borda: 300 577 19 76 y Sebastián Escobar Uribe coordinador del área penal del CAJAR: 314 377 60 26.

 

Infografias:

 


Cedena de mando de los presuntos responsables. 1998-2001

 


Cadena de mando de los presuntos responsables en los periodos 2001- 2011