Víctimas y Organizaciones defensoras de DD.HH radican tutela para revocar sentencia de la JEP exigiendo centralidad de las víctimas
Este miércoles 14 de septiembre, las víctimas de crímenes de Estado realizarán un plantón frente a la sede en Bogotá de la Jurisdicción Especial para la Paz – JEP para exigir garantías efectivas de participación e incidencia ante la misma, luego de conocerse la aplicación de la Sentencia Interpretativa – SENIT 3, la cual puede afectar los derechos de las víctimas. Allí mismo, las organizaciones que conforman el Espacio de Litigio Estratégico van a radicar una tutela exigiendo la revocatoria de la Sentencia.
La Sentencia Interpretativa Parcial – TP-SA-SENIT 3 de 2022 fue dada a conocer por la Sección de Apelación de la JEP el pasado 28 de abril. Esta sentencia al tener la palabra “parcial” en su nombre hace referencia a que solo se adopta a la Sala de reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de Hechos y Conductas; y trata sobre las comunicaciones, notificaciones y garantías de participación que deben tener las víctimas frente a las decisiones que toma la Jurisdicción. Sin embargo, tanto las víctimas como las organizaciones acompañantes, ven con gran preocupación dicha sentencia, pues ésta afecta sus derechos y su efectiva participación ante la Jurisdicción, entendiendo que:
- Limita el principio de publicidad, el cual permite que toda actuación o proceso judicial sea público en su generalidad, permitiendo el control ciudadano, garantizando que las decisiones estén debidamente argumentadas y que haya el debido proceso, imparcialidad y transparencia en las sentencias, haciendo posible que las y los destinatarios puedan informarse para acceder a los recursos legales que permiten intervenir cuando se considere que una decisión judicial pone en riesgo los derechos de las víctimas.
Ante esto, la JEP señala en la SENIT 3 que solo se debe notificar al Ministerio Público la apertura de nuevos marcocasos, lo que va en contravía del principio de máxima publicidad desconociendo la centralidad de las víctimas, pues las notificaciones son el medio que tienen las víctimas para informarse sobre las decisiones que puedan afectar sus derechos y así mismo, les permiten acceder a los mecanismos legales que tienen para apelar dichas decisiones.
- Limita los recursos y el alcance legal de las intervenciones de las víctimas, pues afecta el derecho de las víctimas a la doble instancia, a la contradicción y a interponer un recurso judicial efectivo, dado que según la SENIT 3, el derecho a revisar ciertas actuaciones judiciales no es obligatorio, ni aplica para todas las decisiones de la Jurisdicción.
De igual forma, la Sentencia establece que las observaciones y otras solicitudes que no sean recursos judiciales no son vinculantes, por lo que la Jurisdicción no tendría la obligación de responder a ellas, ya que la SENIT 3 considera que darle a las víctimas el espacio para recurrir ante las decisiones de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad – SRVR, podría dilatar los trámites y retrasar las actuaciones de la JEP. Lo que significa que se olvida la satisfacción de los derechos de las víctimas y se pone por encima la celeridad de las actuaciones judiciales.
Frente a este panorama, la exigencia que se hace es que se revoque la Sentencia Interpretativa – SENIT 3 en dichos aspectos que afectan los derechos de las víctimas dado que se debe asegurar la participación efectiva de las víctimas en las decisiones que tome la JEP por lo que el principio de estricta temporalidad para que las actuaciones de la justicia no tengan demoras injustificadas, no puede estar por encima del principio de centralidad de las víctimas, siendo sus derechos el eje central de la Jurisdicción.
Además, cabe recordar que la responsabilidad de la JEP no se queda solo en notificar a las víctimas y a la opinión pública sobre los procesos judiciales que adelanta el Sistema Integral de Verdad, Justicia , Reparación y No Repetición, sino también el hecho de comunicar y posicionar en la agenda mediática la verdad de las víctimas, preservando y garantizando su dignidad y reparando su buen nombre. Los aportes y la voz de las víctimas ante la Jurisdicción son fundamentales en la construcción de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Las víctimas deben estar en el centro de la paz.