Reforma a la Procuraduría es contraria a la Convención Americana

Reforma a la Procuraduría es contraria a la Convención Americana

La campaña por la Independencia judicial #NadiePorEncimaDeLaJusticia hace un llamado al Congreso de la República a votar en contra de esta reforma inconstitucional.
Jun 29 de 2021

Margarita Cabello Blanco ha sido una de las piezas fundamentales en el andamiaje del gobierno Duque y de sus estrategias represivas de la oposición y de los sectores que protestan contra sus políticas: inicialmente, como ministra de Justicia y del Derecho, desde donde consintió y felicitó a los perpetradores de la masacre el 21 de marzo de 2021 de 24 internos y 90 heridos que protestaban por el hacinamiento y la carencia de elementos de bioseguridad al inicio de la pandemia, cuando se encontraban bajo custodia en la Cárcel Modelo  y, luego, tras su renuncia al Ministerio, a la cabeza de la Procuraduría General de la Nación, con el abuso de sus facultades para perseguir disciplinariamente a miembros de la oposición y para absolver, archivar o abstenerse de investigar a los miembros del partido de gobierno. En el marco del actual paro nacional, Cabello ha dejado clara su postura actuando como si aún se desempeñara como ministra del gabinete al expresar su respaldo a directrices para que autoridades locales asuman posturas represivas bajo la amenaza de iniciarles procesos disciplinarios. 

 

Como si ello no fuera suficiente, la Procuradora presentó el Proyecto de Ley No. 423 de 2021 en Senado – 595 de 2021 en Cámara, con el cual pretende reformar el Código Disciplinario y, por ende, las funciones que tiene la institución que dirige. Esta reforma permitiría la concentración de funciones que son propias de los jueces de la República y que no son propias de la entidad a su cargo: las funciones de policía judicial que hacen posibles las inspecciones corporales, allanamientos e interceptaciones -entre otras-; también que la Procuraduría actúe como juez que podría imponer sanciones disciplinarias como la destitución, suspensión o inhabilidad; y ampliar la planta de la institución y con ello las funciones del Presidente de la República al otorgarle facultades extraordinarias para reformar la planta y adecuar su funcionamiento a los nuevos cargos.

 

La Procuradora ha querido presentar su reforma como un avance en materia legislativa que permite dar cumplimiento a la sentencia proferida el 8 de  junio de 2020 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego vs. Colombia, particularmente al considerar que una institución de carácter administrativo como la Procuraduría podría concentrar funciones judiciales que, aunque consagre la distinción entre funcionarios que investigan y otros que juzgan, estarían todos subordinados a la autoridad de la Procuradora, con lo cual la extraña fórmula tiene un sentido altamente peligroso: busca que este ente que investiga y sanciona disciplinariamente se pueda equiparar a un juez que emite condenas que tienen como consecuencia la inhabilidad o la destitución, contrariando el fallo de la Corte IDH, los artículos 1.1, 2, 8 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y los principios de jurisdiccionalidad, independencia e imparcialidad judicial, con el agravante de la ampliación de la nómina para establecer estos jueces apócrifos que conllevaría una estrategia clientelista y autoritaria al concentrar los nombramientos de cerca de 500 cargos nuevos en militantes del partido de gobierno y de los partidos que en el Congreso aprueben las nuevas facultades de persecución y ejercicio arbitrario del poder en manos de una Procuraduría absolutamente plegada a la voluntad del Partido de Gobierno y de quien el país conoce que dirige a discreción los actos del jefe de Gobierno. 

 

Una institución como la Procuraduría General de la Nación jamás podría fungir estrictamente como un juez, mucho menos como un juez penal que pueda limitar un derecho civil y político como el que se reconoce en el artículo 23 de la Convención Americana, por lo cual es, sin duda alguna, otra de las maniobras del gobierno de Iván Duque para expandir sus intereses y cerrarles el paso a sus opositores, a la democracia participativa y vulnerar el derecho a elegir y ser elegida/o. 

 

Ahora bien, el desconocimiento del Sistema Interamericano no es algo nuevo para un gobierno autoritario y para las instituciones que ha cooptado, incluso si estas decisiones o actuaciones son realizadas ante tribunales internacionales. No es posible olvidar que en el marco de la audiencia llevada a cabo el 15 de marzo del presente año, con ocasión del caso de la periodista Jineth Bedoya Lima y otra vs. Colombia, la representación del Estado decidió retirarse de la audiencia, recusó a 5 de los 6 jueces de la Corte y revictimizó -una vez más- a la periodista, tal como lo había hecho durante al menos 20 años en que reinó la impunidad y el silencio. 

 

Adicionalmente, la reforma de Cabello tiene como contexto la persecución emprendida contra congresistas que, en ejercicio de sus facultades de control de las medidas del gobierno que vulneran la Constitución y la ley,  han velado por el respeto y garantía de los derechos humanos en el reciente estallido social, y que se concreta en aperturas de investigaciones disciplinarias en contra de la representante a la Cámara María José Pizarro, el representante Alexander López, el representante Inti Asprilla y el senador Wilson Arias, miembros de partidos de oposición que denunciaron y acompañaron a comunidades víctimas del actuar desproporcionado de la Fuerza Pública, recientemente monitoreado por la visita de trabajo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 

 

En este sentido, saludamos el pronunciamiento del Consejo de Estado, del pasado 12 de junio en el que señaló que:  La Procuraduría General de la Nación “no está prevista en la Constitución Política como un cuerpo que forme parte de la rama jurisdiccional ni puede desempeñar las funciones que a ella le corresponden”, sus procesos son de carácter administrativo y no se equiparan a un escenario judicial. El alto tribunal, además, destaca el desconocimiento del principio de separación de poderes públicos, la vulneración del derecho fundamental de acceso a la administración de justicia y del debido proceso de los funcionarios públicos que se sancionarían.

 

La campaña por la Independencia judicial #NadiePorEncimaDeLaJusticia hace un llamado al Congreso de la República a votar en contra de esta reforma inconstitucional y contraria a la Convención Americana, y exige al Ejecutivo y a la Procuradora General de la Nación que cumpla con la sentencia proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que dejó clara la responsabilidad internacional del Estado en la violación de los derechos humanos de Gustavo Petro y de su electorado, y ordenó al Estado adecuar su legislación a  los estándares internacionales que la Procuradora intenta evadir a toda costa desconociendo que su función principal es velar por la garantía de los derechos humanos y no simular cumplirlos con jugaditas tramposas de las que ha venido haciendo gala el partido de gobierno y funcionarios subordinados a su voluntad como la procuradora Cabello.

 

#NadiePorEncimaDeLaJusticia

 

Suscriben,

Plataformas de Derechos Humanos

  1. Coordinación Colombia Europa Estados Unidos
  2. Alianza de Organizaciones Sociales y Afines
  3. Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo
  4. Organizaciones
    1. Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda
    2. Comisión Colombiana de Juristas
    3. Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento -CODHES-
    4. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo
    5. Viva la Ciudadanía
    6. Asonal Judicial S.I.
    7. Colombia Human Rights Committee
    8. Corporación Reiniciar
    9. Fasol
    10.   Grupo Litigio Estratégico UIS
    11.   Let’s Defend Colombia
    12.   Aluna Suecia.
    13.   ANDAS – Asociación Nacional de Ayuda Solidaria, Capítulo Huila
    14.   Asamblea Provincial Constituyente Del Oriente Antioqueño
    15.   Asociación MINGA
    16.   Asociación red de mujeres víctimas y profesionales
    17.   Asociación Red Solidaria.                                                                                                      
    18.   Asojuntas Comuna 10 Estación Gutiérrez Dosquebradas Risaralda
    19.   ASOMUDEM
    20.   Associació Huitaca pacte per la vida i per la Pau.             
    21.   Campaña Internacional por la Defensa de las Cortes y la Democracia
    22.   Ciudadanías por la Paz de Colombia
    23.   Colectiva de Mujeres Refugiadas, Exiliadas y Migradas.
    24.   Colombia humana saint HYACINTHE
    25.   Comunal
    26.   Conciliadores En Equidad
    27.   Convergencia Internacional -NY
    28.   Corporación Conciudadanía
    29.   Corporación Cultural para el desarrollo Arlequín y los Juglares
    30.   CPDH Colombia
    31.   DESDE ADENTRO Grupo Socio Cultural
    32.   DLPI Defendamos La Paz Internacional.
    33.   Escuela Derecho Propio Laureano Inampues
    34.   FCSPP Atlántico
    35.   FIV Albacete.                                                                              
    36.   Foro Nacional por Colombia
    37.   Fundación víctimas de estado desaparición Forzada ddhh (FVEDFDH)
    38.   JAC Olarte
    39.   MOVICE Meta
    40.   MOVIMIENTO NACIONAL DE VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO-MOVICE
    41.   PDAI Polo Democrático Alternativo Internacional.
    42.   Polo Democrático Alternativo
    43.   Red De Mujeres Nodo Caldas
    44.   Sintraime la jagua
    45.   Sintravidricol
    46.   Unidos por la Paz – Alemania.
    47.   Vamos Cundinamarca
    48.   Vamos Por Los Derechos Internacional.

Organizaciones:

      1. Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda
      2. Comisión Colombiana de Juristas
      3. Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento -CODHES-
      4. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo
      5. Viva la Ciudadanía
      6. Asonal Judicial S.I.
      7. Colombia Human Rights Committee
      8. Corporación Reiniciar
      9. Fasol
      10.   Grupo Litigio Estratégico UIS
      11.   Let’s Defend Colombia
      12.   Aluna Suecia.
      13.   ANDAS – Asociación Nacional de Ayuda Solidaria, Capítulo Huila
      14.   Asamblea Provincial Constituyente Del Oriente Antioqueño
      15.   Asociación MINGA
      16.   Asociación red de mujeres víctimas y profesionales
      17.   Asociación Red Solidaria.                                                                                                      
      18.   Asojuntas Comuna 10 Estación Gutiérrez Dosquebradas Risaralda
      19.   ASOMUDEM
      20.   Associació Huitaca pacte per la vida i per la Pau.             
      21.   Campaña Internacional por la Defensa de las Cortes y la Democracia
      22.   Ciudadanías por la Paz de Colombia
      23.   Colectiva de Mujeres Refugiadas, Exiliadas y Migradas.
      24.   Colombia humana saint HYACINTHE
      25.   Comunal
      26.   Conciliadores En Equidad
      27.   Convergencia Internacional -NY
      28.   Corporación Conciudadanía
      29.   Corporación Cultural para el desarrollo Arlequín y los Juglares
      30.   CPDH Colombia
      31.   DESDE ADENTRO Grupo Socio Cultural
      32.   DLPI Defendamos La Paz Internacional.
      33.   Escuela Derecho Propio Laureano Inampues
      34.   FCSPP Atlántico
      35.   FIV Albacete.                                                                              
      36.   Foro Nacional por Colombia
      37.   Fundación víctimas de estado desaparición Forzada ddhh (FVEDFDH)
      38.   JAC Olarte
      39.   MOVICE Meta
      40.   MOVIMIENTO NACIONAL DE VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO-MOVICE
      41.   PDAI Polo Democrático Alternativo Internacional.
      42.   Polo Democrático Alternativo
      43.   Red De Mujeres Nodo Caldas
      44.   Sintraime la jagua
      45.   Sintravidricol
      46.   Unidos por la Paz – Alemania.
      47.   Vamos Cundinamarca
      48. Vamos Por Los Derechos Internacional.

Personas:

        1. Adriana María Diosa Colorado, Corporación Cultural para el desarrollo Arlequín y los Juglares
        2. Ana Aracelly Hoyos Gómez, Ciudadanía
        3. Andrea Toro, Colombia humana
        4. Anton Castro, Partido FARC
        5. Beatriz Durango Hernández, Ciudadanía
        6. Blanca Valdelamar Navarro, Conciliadores En Equidad
        7. Boris Orjuela, Colectivo OFB
        8. Carlos Arturo Correa Páez, Ciudadanía
        9. Claudia Campo Cisneros, JAC Olarte
        10.   Cristian Oswaldo Quintero Rincon, Vamos Cundinamarca
        11.   Diana Sánchez Lara, Asociación MINGA
        12.   Eduardo Bustamante, Asamblea Provincial Constituyente Del Oriente Antioqueño
        13.   Enrique Rico, Docente Pensionado
        14.   Fernando Matamoros Castiblanco, Ciudadanía
        15.   Jairo Alberto Guerrero Davila, Escuela Derecho Propio Laureano Inampues
        16.   Jesus Rodriguez De Las Salas, Sinproseg
        17.   José David Ortega Ruiz , ASCSUCOR
        18.   Joselito Rojas Rico, Asonal Judicial S.I.
        19.   Juan Sebastián Quintero Cabrera , Universidad Nacional
        20.   Julia De Castro Andrade, Ciudadana
        21.   Julio Cesar Bonilla Mosquera, Líderes Barriales
        22.   Leidy Jhoana Dávila Cano, Universidad de Antioquia
        23.   Leonor Cortés Bolívar , Colombia Humana
        24.   Luisa Antonia Serrano Gómez , Persona
        25.   Luisa María Muñoz López, Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo
        26.   Luz Mery Velasquez Carmona , DESDE ADENTRO Grupo Socio Cultural
        27.   Maria Cecilia Lozano, ASOMUDEM
        28.   Maria Cepeda Castro, Vamos Por Los Derechos Internacional
        29.   Maria Jesus Cedeño Sarmiento, FCSPP Atlántico
        30.   Maria Teresa Muñoz , Foro Nacional por Colombia
        31.   Martha Rincón, Colombia humana saint HYACINTHE
        32.   Maureén Maya, Piero x la paz
        33.   Mildreth Solandy Hernández Rodríguez, Juventudes Unidas por la Sostenibilidad del Planeta
        34.   Natalie Callejas, NA
        35.   Nívea Esperanza Dorado Guerrero, Independiente
        36.   Nixa Wguerddy Triana Balaguera, UNAL
        37.   Ramiro Antonio Sandoval, Convergencia Internacional -NY
        38.   Rosario Montoya Hoyos, Ceac
        39.   Saúl Felipe Malagón Maldonado, Cajar
        40.   Sonia Racines Velásquez, Comunal
        41.   Stella Cano, Escuela de Paz Eje Cafetero
        42. Victoria Sandino Simanca Herrera, Senadora Partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común
        43.   Vilma Gutiérrez Mendez, MOVICE Meta
        44.   Wilfer Antonio Vergara García, Realizador radial Emisora Cultural U deA
        45.   Willman Parraci Peña , ANDAS – Asociación Nacional de Ayuda Solidaria, Capítulo Huila
        46.   Wilson Borja Díaz, Polo Democrático Alternativo
        47.   Wilson Montoya Castro, Sintravidricol

Notas:

1.Luego de perpetrada la masacre, Margarita Cabello llamó a los jefes de la guardia que cometió los hechos y les expresó que “Nos salvaron de tener en las calles de la ciudad en estos momentos tan críticos a más de 5.000 privados de la libertad y con todo lo que nos podría causar de angustia. No se imaginan el orgullo que es para mí decir no hay, no hay uno solo fugado. Ante semejante arremetida, lo que ustedes hicieron no tengo cómo agradecérselos, de verdad que me siento orgullosa y que no estoy cansada de mandar los Twitter agradeciendo y diciendo que el cuerpo de custodios del Inpec son valerosos, silenciosos, que están luchando por la seguridad de nuestro país. Voy a las 4:30 a una reunión con el presidente y con ministros y lo voy a reiterar para que ustedes lo sepan. No crean que es, como dicen en mi tierra, zalamería” (Vid. https://noticias.caracoltv.com/informes-especiales/margarita-cabello-res...)

2. Entre otros el caso del Congresista Alvaro Hernan Prada, contra quien la Corte Suprema de Justicia había hallado mérito probatorio para continuarlo investigando.

3. Entre otros el caso del Congresista Alvaro Hernan Prada, contra quien la Corte Suprema de Justicia había hallado mérito probatorio para continuarlo investigando.

4. Congreso de la República de Colombia. Senado de la República. Proyecto de ley para reformar el Código General Disciplinario fue radicado por la Procuraduría General de la Nación. 25 de marzo de 2021. Disponible en: http://www.senado.gov.co/index.php/prensa/noticias/2421-proyecto-de-ley-para-reformar-el-codigo-general-disciplinario-fue-radicado-por-la-procuraduria-general-de-la-nacion 

5. Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Petro Urrego vs. Colombia. Sentencia del 8 de junio de 2020 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas). párr. 113- 137.

6. La Procuradora alega que intervinieron en los procedimientos policiales para justificar las investigaciones disciplinarias que podrían tener implicaciones como declararse impedidos para votar por el proyecto de ley señalado y que, actualmente, las Comisiones Primeras de Senado y Cámara aprobaron en primer debate con más del 90%  En: Asuntos Legales. Comisiones de Cámara y Senado aprobaron 90% de reforma a poderes de Procuraduría. 2 de junio de 2021. Disponible en: https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/comisiones-de-camara-y-senado-aprobaron-90-de-reforma-a-poderes-de-procuraduria-3180230 

7. Caracol Radio. Consejo de Estado no comparte que Procuraduría tenga función de juez. 12 de junio de 2021. Disponible en: https://caracol.com.co/radio/2021/06/12/judicial/1623500036_165459.html?fbclid=IwAR3msjDXEhyEddA_3FyfgeMPBp70LMHlJNKvdWcBAbs0Qvvl8FtKb1SPHeI